El Ministerio de Sanidad ha remitido al Consejo Económico y Social el anteproyecto de la futura Ley Antitabaco sin modificar una de sus medidas más cuestionadas por el sector del transporte: la prohibición de fumar en las cabinas de los vehículos de transporte profesional. La decisión afectará a unos 300.000 conductores de transporte pesado y cerca de 60.000 profesionales del transporte ligero, según cifras de Fenadismer, que ha reiterado su rechazo frontal a la medida y ha anunciado que continuará oponiéndose a ella durante el resto del proceso legislativo.
El argumento central del sector no es la defensa del tabaco sino la asimetría de trato que establece la norma. El anteproyecto mantiene la posibilidad de fumar en vehículos particulares incluso con acompañantes a bordo, mientras prohíbe hacerlo en las cabinas de camiones y furgonetas de uso profesional, que en la mayoría de los casos son espacios ocupados exclusivamente por el conductor sin presencia de terceros ni de menores. Esa diferencia de trato es la que el sector califica de discriminatoria, ya que la justificación sanitaria de proteger a quienes no fuman de la exposición al humo ajeno no se aplica con el mismo criterio en ambos casos.
A la cuestión de principio se suma una preocupación operativa concreta: el impacto que la prohibición podría tener sobre la seguridad vial. Los conductores de larga distancia pueden permanecer al volante hasta cuatro horas y media de forma continuada, y el sector advierte de que obligar a los fumadores a aguantar esos tramos sin poder fumar podría incrementar los niveles de estrés, irritabilidad y fatiga emocional durante la conducción, factores que influyen directamente en la atención y el tiempo de reacción. No es un argumento menor en un colectivo cuya actividad cotidiana ya acumula niveles elevados de presión física y psicológica.
El sector señala además una dificultad práctica que refuerza esa preocupación: las crecientes restricciones al consumo de tabaco en áreas de servicio, establecimientos de hostelería y espacios públicos limitan considerablemente los lugares disponibles para fumar durante las paradas. Si la cabina también queda prohibida, los conductores podrían verse empujados a detenerse en zonas no habilitadas para ello, con los riesgos que eso implica en vías de tráfico intenso.
Fenadismer ha dejado claro que no cuestiona los objetivos generales de la norma en materia de salud pública ni la restricción en espacios donde terceros puedan verse expuestos al humo, sino específicamente su aplicación a espacios de uso individual en el contexto de una jornada laboral. La petición es que el texto definitivo distinga entre esas situaciones antes de convertirse en ley, y el proceso legislativo todavía ofrece margen para introducir esa corrección.
Carlos Zubialde




