Estamos ante una de las preguntas mas frecuentes que he recibido durante mi trayectoria profesional y me juego un café que diariamente en las oficinas de las empresas de transporte o en Correos se hace la misma pregunta. Vamos a ver cual es la legislación que se aplica y que se puede y que no mandar por medio de una empresa de transporte o Correos. Cuando nos consultan si es posible enviar comida, bebida, frutas y verduras o simplemente un pastel o un bizcocho, de forma genérica debemos de decir que SI SE PUEDE ENVIAR COMIDA por medio de un servicio de paquetería o de Correos por ejemplo, pero también debemos de decir que NO TODA LA COMIDA puede ser envíada. Antes de detallar que se puede o no tenemos que saber que hay legislación y normativa distinta si el envío es entre personas particulares (C2C) que en el caso de empresas para particulares (B2C). También las normativas son distintas si los envíos son nacionales o internacionales. Vamos a ver en este caso los envíos entre particulares. Por norma los envíos nacionales dan mayor posibilidad que los internacionales donde existen muchas mas restricciones, pero como comentábamos anteriormente no esta permitido transportar cualquier tipo de comida ya no solo por cuestiones de tipo sanitario sino porque la legislación no lo permite. Además si nos decidimos por una empresa de mensajería deberemos de preguntar la lista de los artículos prohibidos. Todas las empresas de mensajería tienen una sería de artículos que no transportan, algunos son comida como semillas de cualquier tipo pero también podemos encontrar cosas como dinero en metálico, lotería, objetos pornográficos, restos biológicos o cualquier tipo de artículo que pueda atentar contra las buenas costumbres. Antes de hacer nuestro envío de comida lo mejor que podemos hacer es mirar en las paginas web de las empresas de mensajería o de Correos e investigar que tipo de comida o artículo queda prohibido transportar, nos ahorraremos disgustos futuros.

Alimentos que no se pueden envíar

Además de la lista de artículos prohibidos que tienen las empresas de mensajería o Correos si nos referimos a la comida en concreto, NO SE PUEDE MANDAR MERCANCÍA PERECEDERA. Como mercancía perecedera se entiende toda esa comida que necesita que se conserve en una temperatura concreta o en un rango de temperatura como puede ser la carne, el pescado, las verduras, lo huevos o la fruta. Este tipo de mercancía es muy controlada por las autoridades ya que si no están dentro de un ambiente de temperatura controlada durante el transporte se puede deteriorar y generar enfermedades a los consumidores. Habitualmente las empresas de mensajería o Correos no cumple con la exigencia de mantener y conservar el requisito de la temperatura durante el transporte se porque no dispone de los recursos para ello (furgonetas con isotermo o plataformas de intercambio de mercancía adaptadas a un ambiente de temperatura controlada), por lo que al carecer de la garantía sanitaria necesaria queda prohibido su transporte por medio de empresas convencionales. Por tanto no puede enviarse alimentos perecederos o los que exijan unas condiciones especificas de temperatura por Correos o mensajería normal. Señalar que la comida en recipientes tipo "táper" no suele ser aceptadas por las empresas de transporte ni por Correos igual que las bebidas alcohólicas ni tampoco mercancías que contengan hielo seco para su mantenimiento de temperatura ya que el hielo seco (dióxido de carbono sólido) se considera un material peligroso que solo es posible su  manejo con autorización especial. A nivel internacional debemos de saber que en Europa NO se puede mandar comida que no este envasada o que no tenga etiquetado. Y fuera de la Unión Europea no esta permitido NINGÚN TIPO DE ENVÍOS DE COMIDA NI BEBIDA por norma general, pero hay algunos países que si lo permiten pero con fuertes restricciones. Si remitimos un envíos con comida o un producto prohibido nos lo pueden retener, hacer destruir e incluso hacernos pagar los gastos generados como remitente del mismo. https://www.youtube.com/watch?v=v_h-tY1W7Oo  

Alimentos que si se pueden envíar

Siempre y cuando no sean productos prohibidos de los que hemos hablando antes podemos mandar comida si es en latas de conserva, o que estén envasados al vacío o en polvo. El ejemplo mas claro lo podemos tener con el jamón, el cual no podemos mandar una pata a nivel internacional pero si lo podemos mandar en lonchas y envasado al vacío.

Una vez nos hayamos informado de los alimentos que sí podemos enviar y los que no, es importante prestar atención al embalaje y el etiquetado. Tener un correcto embalaje es fundamental para que nuestro envío no sufra ningún daño durante el transporte. Si no tenemos una buena caja habitualmente tanto en Correos como en las empresas de mensajería ofrecen y venden cajas y embalaje.

Otro aspecto importante es identificar la caja con nuestros datos y los del destinatario además de especificar el tipo de contenido que lleva la caja. Esta información puede ayudarnos posteriormente si tenemos algún tipo de incidencia con la mercancía ya que la habremos comunicado de antemano.

Conclusiones

En resumen es posible mandar comida por medio de las empresas de transporte o por Correos pero NO es posible mandar todo tipo de comida. La enlatada o envasada al vacío no tiene problema pero para este tipo de comida recomendar el uso de un servicio 24 horas para que el tiempo que la comida este viajando no sea muy alto, incluso podemos utilizar servicios mas rápidos como los de entrega antes de las 12:00 o antes de las 10:00 horas. En estos casos es conveniente solicitar el precio de estos servicios ya que suelen ser mas caros que los servicios 24 horas. Y si no tenemos mas remedio que envíos mercancía perecedera o en temperatura controlada no nos queda mas remedio que utilizar una empresa especializada en este tipo de transporte como por ejemplo INTEGRA2, que tiene toda su flota nacional adaptada para poder mantener la cadena de frío durante todo el transporte y que el producto nunca este fuera de un rango de temperatura de entre 2ºC y 8ºC por ejemplo. Artículo propiedad de Carlos Zubialde contacto@informacionlogistica.com [contact-form-7 id="471" title="Contacto"]