El Reglamento (UE) 2026/382 elimina desde el 1 de julio de 2026 la franquicia aduanera que permitía importar desde terceros países mercancías con valor inferior a 150 euros sin pagar derechos de importación. La medida afecta directamente al flujo masivo de paquetes procedentes de plataformas de comercio electrónico extracomunitarias y cambia de forma estructural las condiciones de entrada de mercancía de bajo valor en el mercado europeo.
El derecho de aduana fijo se establece en 3 euros por artículo, calculado por categoría arancelaria y no por paquete ni por envío. Cada artículo distinto dentro de un mismo paquete genera un cargo independiente, lo que significa que un envío con varios tipos de producto puede acumular varios cargos de 3 euros. Esa distinción tiene consecuencias directas sobre el coste real de los envíos multireferencia, que son el modelo habitual en las grandes plataformas de venta directa desde origen.
El volumen que está detrás de esta decisión regulatoria explica su urgencia. En 2024 entraron en la UE 4.600 millones de paquetes con valor inferior a 150 euros, el equivalente a unos 12 millones diarios, de los cuales el 91% procedían de China, y todos transitaban sin ningún arancel al amparo de la franquicia que ahora se elimina. La supresión de esa exención responde a una doble presión: la distorsión competitiva que generaba para los vendedores europeos, que sí soportaban aranceles e IVA, y la incapacidad creciente de las aduanas para controlar un volumen de envíos que se ha duplicado cada año desde 2022.
La tasa de 3 euros es una medida provisional con vigencia hasta el 1 de julio de 2028, cuando está previsto que entre en funcionamiento el Centro Aduanero de Datos de la UE, que sustituirá el derecho fijo por aranceles individualizados según la clasificación arancelaria de cada artículo. Lo que arranca el próximo martes es, por tanto, la primera fase de una reforma aduanera de mayor calado.
Desde el punto de vista operativo, la nueva normativa introduce requisitos técnicos y financieros que los operadores logísticos y los vendedores extracomunitarios deben cumplir desde el primer día. La tasa se aplica por línea de artículo declarada, cada envío debe dirigirse a un único consignatario sin declaraciones consolidadas múltiples, y los productos sujetos a impuestos especiales quedan excluidos del formulario simplificado H7. En el plano financiero, la Garantía Global CGU es obligatoria y no admite reducción al 30% del importe de referencia en ecommerce. Los identificadores de producto PID son exigibles para todas las ventas a distancia con independencia del valor, y los titulares de IOSS deben solicitar la CGU en el Estado miembro donde presenten sus declaraciones.
El impacto principal para los operadores logísticos no será tanto el importe del arancel como el fuerte incremento de la carga administrativa, ya que la nueva regulación obliga a tramitar muchos más despachos con mayor documentación y presión operativa en cada uno de los millones de paquetes que entran diariamente en la UE. Las plataformas de venta extracomunitarias, por su parte, deberán informar al consumidor sobre los costes adicionales antes de finalizar la compra y adaptar sus sistemas logísticos al nuevo marco de declaración.
Carlos Zubialde
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