La decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos de limitar el uso de poderes de emergencia para imponer aranceles no se ha quedado en el terreno jurídico, días después del fallo, FedEx ha presentado una demanda ante la Corte Internacional de Comercio reclamando la devolución íntegra de los importes abonados en virtud de la Ley de Poderes de Emergencia Económica Internacional.

La compañía sostiene que importó mercancías procedentes de países afectados por los gravámenes impulsados durante la Administración de Donald Trump y que, al satisfacer esos aranceles, asumió un perjuicio económico que ahora considera indebido tras la anulación judicial. Aunque no ha detallado el importe concreto reclamado, en comunicaciones previas a inversores había advertido del impacto potencial que estas medidas podían tener en su cuenta de resultados.

El pronunciamiento del Supreme Court of the United States cuestiona que el Ejecutivo pueda apoyarse en la IEEPA para establecer aranceles de forma amplia, al entender que el poder tributario corresponde al Congreso. La resolución afecta tanto a la tarifa base del 10 % sobre importaciones como a los denominados aranceles “recíprocos” y a gravámenes adicionales aplicados a México y Canadá. Más allá del debate político, lo relevante para el sector logístico es la inseguridad que generan estos vaivenes regulatorios.

Para operadores globales como FedEx, el arancel no es una cuestión abstracta. Impacta directamente en la estructura de costes de los flujos internacionales, en la planificación de rutas, en la configuración de hubs y en la relación contractual con clientes industriales y comerciales. Cuando una medida se impone bajo criterios de emergencia y meses después queda anulada, la cadena de suministro ya ha absorbido el coste y lo ha trasladado, total o parcialmente, a precios y márgenes.

La reclamación judicial introduce ahora una variable adicional: la eventual devolución de cantidades pagadas. Si prospera, no solo afectará a la posición financiera de la empresa demandante, sino que puede abrir la puerta a otras acciones similares por parte de importadores y operadores que soportaron los mismos gravámenes. El precedente es relevante porque traslada el conflicto comercial del terreno diplomático al contencioso-administrativo, con consecuencias presupuestarias para la propia Administración.

Desde la óptica operativa, la cuestión clave es cómo gestionar la volatilidad normativa en comercio exterior. Las empresas han aprendido a convivir con aranceles, sanciones y restricciones, pero la reversión judicial de medidas ya aplicadas complica la toma de decisiones. Ajustar inventarios, redefinir proveedores o redirigir flujos logísticos implica inversiones que no siempre son reversibles. Cuando el marco cambia de forma brusca, el coste no desaparece aunque la norma quede sin efecto.

Para cargadores y pymes con actividad internacional, este episodio refuerza la necesidad de incorporar escenarios regulatorios en la gestión de riesgos. No se trata solo de analizar tipos arancelarios vigentes, sino de evaluar su solidez jurídica y la probabilidad de impugnación. La planificación financiera y contractual debe contemplar cláusulas que repartan el impacto de medidas sobrevenidas, evitando que toda la tensión recaiga en el eslabón más débil de la cadena.

El caso abre una discusión de fondo sobre el equilibrio entre política comercial y seguridad jurídica, en un entorno donde las decisiones ejecutivas pueden alterar en semanas estructuras logísticas consolidadas durante años. Para el sector, más que el resultado concreto del litigio, lo determinante será comprobar si a partir de ahora las reglas del comercio exterior estadounidense ganan previsibilidad o si la incertidumbre seguirá formando parte del coste operativo.

Carlos Zubialde

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