Uno de los temas estrella de los últimos meses ha sido la entrada en vigor del
decreto 563 2017 relativo a la correcta estiba y aseguramiento de la mercancÃa para el transporte por carretera. Esa ley proviene de la preocupación de la Unión europea por reducir los accidentes en el transporte de mercancÃas por carretera, ya que según diversos estudios, el 25% de los accidentes tiene como causa una mala estiba y aseguramiento de la mercancÃa.
La aplicación de este decreto a partir del 20 de Marzo del 2018 no estaba exento de problemas, derivados de la falta de concreción en lo relativo a las responsabilidades, lo que se tradujo en un enfado de las distintas asociaciones de transportistas, las cuales solicitaron a la DGT una
clarificación de los supuestos en los cuales los transportistas eran los responsables de la correcta estiba y en los que el cargador era el responsable efectivo.
La DGT con fecha 19 de Julio del 2018  desarrolla una instrucción con el objetivo de clarificar las distintas situaciones, tal y como ya comente en el Blog enÂ
un post de esta misma semana. Esta instrucción se publicó con referencia 18/TV-103 de la DGT, y no aporta ningún cambio sustancial sobre el decreto, pero señala y limita algunas responsabilidades en consonancia con las que se pueden obtener del contrato de transporte terrestre de mercancÃas.
Hasta aquÃ, el relato cronológico de uno de los problemas del transporte y la logÃstica, la correcta estiba de la mercancÃa, pero si el lector se da cuenta, por ningún lado se menciona al expedidor de la mercancÃa, el propietario y ordenante del servicio de transporte. Si le damos la vuelta al calcetÃn, ¿que pasarÃa si el responsable de la correcta estiba fuera el expedidor?
Mejora en embalajes
La primera consecuencia de ser el responsable de la correcta estiva serÃa que la mercancÃa viajarÃa en un embalaje muy mejorado. No es raro hoy dÃa encontrar mercancÃas embaladas muy deficientemente, mal sujetada, o directamente con envases reutilizados. Es verdad que el agente de transporte puede rechazar una mercancÃa por embalaje insuficiente o incorrecto, pero la realidad es que muchas empresas toman el riesgo de transportar estas mercancÃas antes de perder el porte, una lamentable consecuencia de la crisis vivida en España en la última década.
Es verdad que esto aumentarÃa el coste para el expedidor, pero aumentarÃa la seguridad y reducirÃa los accidentes en la carretera, que es el objetivo final de esta nueva legislación.
Ahorro en seguros
La consecuencia de mandar una mercancÃa bien embalada ya lo he comentado varias veces en el blog, y es que tiene una repercusión directa en tener menos roturas y perdidas. Tener menos roturas significa tener menos partes a los seguros, lo que tiene una traducción directa en la bajada del coste de esa póliza contratada. Y por último, tener menos roturas y perdidas supone disminuir la carga administrativa que ello supone, con el ahorro de tiempo directo que se puede contabilizar por horas. Gestionar la correcta estiba supone un ahorro para el expedidor.
Aumento calidad de servicio de transporte
Otro aspecto muy interesante si el expedidor es el responsable de la correcta es que la calidad del servicio aumentarÃa, ¿como? Muy sencillo, si el expedidor es el responsable, se preocupará de buscar un socio de transporte que cubra perfectamente todos los aspectos legales, incluidos los de la correcta estiba.
Tener un buen socio de transporte supone contratar empresas que cumplen la legislación laboral, que sus conductores son personas formadas o que su flota de camiones (sean propios o subcontratados) cumplen las expectativas y necesidades con vehÃculos y remolques limpios, cuidados y en perfectas condiciones técnicas.
Conclusiones
¿Que el coste serÃa superior?
Posiblemente, pero de un plumazo se podrÃa eliminar del mercado a muchas compañÃas "piratas", y esto al final termina redundando en beneficio del expedidor, que cuenta con uno o varios socios logÃsticos que entienden, comprenden y comparten sus inquietudes y necesidades como si fueran la suyas. No digo que toda la responsabilidad tuviera que ser del expedidor, pero creo que si deberÃamos de hacer participe al propietario de la mercancÃa en su justa parte, todos salen ganando.
ArtÃculo propiedad de Carlos Zubialde
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