La Confederación Española de Organizaciones Empresariales de Transporte por Carretera, Conetrans, ha denunciado públicamente que numerosas empresas cargadoras incumplen total o parcialmente la obligación legal de revisar el precio del transporte en función de la evolución del coste del gasóleo, pese a los avances normativos aprobados en los últimos meses.
La obligación de revisar el precio del contrato según la variación del combustible existe desde 2022, pero en abril de este año el Gobierno la reforzó de forma sustancial: eliminó la posibilidad de pactar fórmulas alternativas de actualización y aprobó una nueva fórmula única de cálculo de obligado cumplimiento, acompañada de un régimen sancionador específico para los cargadores que se nieguen a aplicarla. Las multas van desde los 401 euros a los 6.000 según el importe del transporte afectado, y pueden alcanzar los 18.000 euros en caso de reincidencia en menos de un año.
Pese a ese endurecimiento normativo, Conetrans asegura que numerosos cargadores continúan sin aplicar correctamente la cláusula o lo hacen de forma desigual entre sus distintos proveedores de transporte, y que las condiciones más desfavorables recaen con mayor frecuencia sobre autónomos y pequeñas empresas familiares, los operadores con menor capacidad de negociación frente a sus clientes.
La confederación ha instado al Ministerio de Transportes a analizar con urgencia las denuncias acumuladas en el buzón habilitado al efecto, que según la información disponible recoge ya un elevado número de comunicaciones relacionadas con incumplimientos de la normativa y comportamientos abusivos por parte de determinados cargadores. La petición no es que se abra una investigación general sino que se tramiten y resuelvan con celeridad los expedientes ya presentados y que las sanciones que procedan se apliquen de forma efectiva, ya que la capacidad disuasoria del régimen sancionador depende directamente de que los incumplimientos tengan consecuencias reales.
El trasfondo del problema es conocido en el sector: la cláusula de revisión del gasóleo fue una conquista normativa arrancada tras años de conflicto, pero su aplicación práctica sigue dependiendo de la voluntad del cargador en cada contrato concreto. En relaciones comerciales donde el transportista necesita mantener el cliente y el cargador tiene capacidad para imponer condiciones, la norma existe pero la asimetría de poder no ha desaparecido. El régimen sancionador aprobado en abril intentó corregir esa asimetría con la amenaza de multas, pero para que esa amenaza funcione como incentivo real el Ministerio debe demostrar que efectivamente tramita y resuelve las denuncias recibidas.
Carlos Zubialde





