Una reciente sentencia del tribunal supremo obligará a las empresas logísticas subcontratadas por un cliente, a aplicar a sus trabajadores las mismas condiciones laborales del sector del cliente contratante, sentencia que puede cambiar por completo el panorama logístico en España.
Esta sentencia del tribunal supremo a una empresa logística de Guadalajara, ratifica otra sentencia anterior, y reconoce que los trabajadores de una empresa “multiservicios” como la logística, tienen el derecho de disfrutar las mismas condiciones laborales del convenio colectivo en que se desarrolla la actividad de la empresa que ha externalizado el servicio.
Si la empresa primaria, el cliente vamos, que es quien ha externalizado el servicio se dedica por ejemplo al comercio minorista, según esta sentencia, la empresa de multiservicios como lo es la logística, debe de aplicar a sus trabajadores el mismo convenio del sector minorista, igual que los que pertenecen a la empresa contratante.
Según ha declarado UGT, esta decisión del supremo, que no puede recurrirse, tiene una aplicación directa en toda la región y en todos los sectores de producción, por lo que el cambio que puede suponer es muy considerable, por lo que ahora queda ver como se termina por aplicar.
Carlos Zubialde
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