Hoy en día, la subcontratación de servicios de transporte es una práctica común, muy común y extendida en el sector logístico. Los cargadores suelen contratar a transportistas, sean empresas o transitarios, que a su vez suelen subcontratar a otros transportistas para realizar el transporte efectivo de la carga. Esta cadena puede llegar a ser de una longitud de entre 3 y 4 eslabones, dependiendo de la distancia del transporte. Sin embargo, esta cadena de contratación puede generar problemas cuando alguno de los transportistas involucrados no recibe el pago correspondiente por sus servicios, cuestión que también, por desgracia, es muy común.

La problemática

La situación de un transportista que no recibe el pago correspondiente puede generar una serie de consecuencias negativas para todas las partes involucradas en la cadena de contratación de transporte, incluyendo al cargador, al cliente que contrató el servicio, aunque muchos pueden desconocerlo. Las situaciones de impago en una cadena de suministro, tiene varias consecuencias: el transportista que no cobra el servicio, puede sufrir pérdidas económicas y problemas de liquidez, lo que a su vez puede afectar capacidad para cumplir con otros compromisos.

Otro de los motivos de esta problemática se centra en las cadenas de subcontratación; los cargadores, en muchas ocasiones, conscientes de su responsabilidad (si alguien en la cadena de subcontratación no cobra, el cargador es responsable subsidiario, por lo que debe de liquidar esa deuda, aunque el haya pagado ya el servicio a su primer eslabón), no permiten a su proveedor de transporte que este subcontrate sus cargas, pero estos, en muchas ocasiones, terminan colgando esas cargas en distintos foros y bolsas de carga, donde hay una auténtica "jauría" de subcontratistas, cuyo único valor es comprar esa carga y vender a otro, para lograr únicamente un fee.

La Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías establece que el cargador es responsable del pago de los servicios de transporte prestados por el transportista, a menos que se acuerde lo contrario en el contrato de transporte. En el caso de que el transportista que realizó el transporte no haya recibido el pago correspondiente del transportista que lo subcontrató, podría reclamar el pago directamente al cargador, siempre y cuando pueda demostrar que el servicio de transporte fue efectivamente prestado y que no ha recibido el pago correspondiente.

Soluciones

Para enfrentar esta problemática, es importante que las partes involucradas en la cadena de contratación de transporte establezcan claramente sus obligaciones y responsabilidades en los contratos de transporte y acuerden los procedimientos y plazos de pago correspondientes.

Una solución efectiva es la inclusión de cláusulas específicas en los contratos de transporte que definan las obligaciones y responsabilidades de cada parte en términos de pago y condiciones de servicio. Estas cláusulas pueden incluir la obligación del transportista subcontratante de pagar al transportista efectivo y la obligación del cargador de pagar directamente al transportista efectivo en caso de que no se cumpla el acuerdo de pago entre los transportistas.

Otra solución puede ser la inclusión de garantías financieras, como un seguro de crédito, que cubra el riesgo de impago por parte del transportista subcontratante. Esta garantía puede ayudar a proteger al transportista efectivo y garantizar el pago de sus servicios, incluso si el transportista subcontratante no cumple con sus obligaciones de pago.

Podemos decir que la subcontratación de los servicios de transporte son una realidad extendida, y que además puede generar problemas de pago cuando alguno de los transportistas involucrados no recibe el pago correspondiente por sus servicios. Para enfrentar esta problemática, es importante establecer claramente las obligaciones y responsabilidades de cada parte en los contratos de transporte, incluyendo los procedimientos y plazos de pago correspondientes. En caso de no hacerlo, el cargador mantendrá su total responsabilidad sobre toda la cadena de subcontratación, con lo que eso implica.

Artículo propiedad de Carlos Zubialde

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