El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado una flexibilización excepcional de los tiempos de conducción y descanso para los transportistas que realizan transporte internacional y que se han visto afectados por los bloqueos de carreteras en Francia derivados de las protestas del sector agrícola durante la última semana, y podemos decir que era lo mínimo que se podía esperar, sobre todo por la falta de acción alguna por parte del Ministerio.

La medida, publicada mediante Resolución oficial, será aplicable entre el 12 y el 26 de diciembre, ambos inclusive y como decimos, viene como consecuencia tras varios días de retenciones masivas en la frontera de Irun. Estas retenciones han sido provocadas por las protestas del sector agrícola, creando una situación que ha alterado gravemente la operativa del transporte internacional por carretera en un periodo especialmente sensible para la logística española, coincidiendo con la campaña de Navidad.

Según algunos datos, se estima que un 30% de la flota española, unos 100.000 vehículos, se ha visto directamente afectada por estos bloqueos, tanto en rutas con destino Francia como en trayectos de tránsito hacia otros países europeos, por lo que la flexibilización de los tiempos de conducción y descanso, es algo que podemos decir, es lo mínimo que el Ministerio puede hacer.

Como es lógico, será necesario justificar que el vehículo ha realizado transporte internacional con paso por territorio francés, ya sea como destino final o como tránsito. La flexibilización se detalla en más horas de conducción y menos descanso diario. El límite máximo de conducción diaria se amplía de las 9 horas reglamentarias hasta las 11 horas. También se incrementan los topes semanales y bisemanales, que pasan a ser de 60 horas semanales —frente a las 56 habituales— y 120 horas en dos semanas consecutivas, en lugar de las 90 horas previstas en la normativa general. En cuanto al descanso diario, se autoriza su reducción de 11 a 9 horas, una medida pensada para facilitar la reorganización de rutas, la recuperación de retrasos acumulados y la entrega de mercancías en plazos comprometidos.

Como novedad relevante, la Resolución también introduce una flexibilización excepcional del descanso semanal. Se permite conducir hasta 12 días consecutivos, frente al límite ordinario de seis, siempre que se cumplan determinadas condiciones. Para poder acogerse a esta excepción, el conductor debe haber realizado previamente un descanso semanal regular de al menos 45 horas. Si el descanso anterior ha sido reducido, no podrá aplicarse esta ampliación de jornadas consecutivas. Además, tras conducir más de seis días seguidos, el conductor deberá realizar posteriormente un descanso compensatorio equivalente a dos descansos semanales regulares (90 horas) o a un descanso regular y uno reducido, compensando las horas pendientes antes de que finalicen las tres semanas siguientes.

Desde Transportes se reconoce que la rigidez de los tiempos de conducción en un escenario de bloqueos ajenos al control de los transportistas podría agravar aún más las consecuencias económicas y operativas, lo cual no está nada mal, teniendo en cuenta la inactividad del propio Ministerio ante el bloqueo que hoy día continua todavía vigente, pero que tiene un menor impacto, porque muchos de los camiones ya han realizado sus últimas salidas, para poder disfrutar de la Navidad en sus lugares de origen.

Se suele decir que menos da una piedra, aunque sea se abre una puerta para que todos los choferes que se han visto afectados por el bloqueo, puedan regresar a casa, aunque sea a costa de conducir más horas y descansar menos.

Carlos Zubialde

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