La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha denunciado una campaña de sanciones que considera desproporcionadas por parte de las autoridades portuguesas contra transportistas de Portugal y de otros países, especialmente españoles, por incumplimientos mínimos de los tiempos de conducción. La organización presentará una queja formal ante la Comisión Europea para que obligue a Portugal a aplicar criterios de razonabilidad en sus inspecciones.

El caso que ha motivado la denuncia afecta a una empresa española asociada a la federación. En un control en carretera, la Guarda Nacional Republicana (GNR) revisó los registros del tacógrafo de uno de sus camiones correspondientes a los últimos 56 días y detectó tres jornadas en las que el conductor había superado el máximo de cuatro horas y media de conducción ininterrumpida en 6, 5 y 10 minutos. La Autoridade para as Condições do Trabalho (ACT) impuso una multa de 2.100 euros por cada uno de esos días, 6.300 euros en total más las costas.

La empresa recurrió en vía administrativa y judicial. Alegó que el conductor había realizado después descansos diarios y pausas prolongadas, que había introducido manualmente los datos con total transparencia y que el artículo 12 del Reglamento europeo 561/2006 permite apartarse de los límites cuando es necesario para llegar a un lugar de parada adecuado por razones de seguridad. También invocó los principios de adecuación y proporcionalidad. El tribunal portugués desestimó íntegramente la impugnación, calificó los excesos de infracciones muy graves y consideró irrelevante que fueran de pequeña cuantía.

Fenadismer califica esa interpretación de abuso irracional. La federación recuerda que en muchas autovías y autopistas no existen lugares de parada adecuados o seguros, por lo que cumplir el límite al minuto puede resultar físicamente imposible, y que obligar a un conductor a detener un camión pesado en el arcén para no superar el tiempo en cinco minutos supone un riesgo que, a su juicio, las autoridades portuguesas no solo fomentan, sino que monetizan. Para la organización, un desvío mínimo provocado por el tráfico o por la búsqueda de un área de servicio segura no puede equipararse a un incumplimiento consciente de la norma, y la inspección no debe convertirse en una herramienta de recaudación automática. Según la federación, son varias las empresas españolas sancionadas en circunstancias similares.

El caso pone de relieve la diferente interpretación que cada Estado miembro hace de una misma normativa europea, una divergencia que afecta de lleno al transporte internacional, porque un mismo conductor puede ser sancionado de forma muy distinta según el país en que se le inspeccione. Portugal es además uno de los destinos habituales de las empresas españolas, especialmente en el corredor atlántico y en los tráficos con el oeste peninsular.

Mientras Bruselas se pronuncia, los transportistas que operan en Portugal tienen pocas herramientas más allá de la prevención. El artículo 12 exige que el conductor indique el motivo de la excepción en el tacógrafo o en una impresión a más tardar al llegar al lugar de parada, y dejar constancia detallada de cada incidencia, junto con una planificación de rutas que deje margen suficiente para llegar a las áreas de descanso, es hoy la mejor defensa ante una inspección que, como muestra este caso, no admite ni cinco minutos de tolerancia.

Carlos Zubialde

contacto@informacionlogistica.com