La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) ha denunciado públicamente que la cadena de supermercados DIA incumple de forma sistemática la obligación legal de revisar el precio del transporte en función de la variación del coste del combustible, una exigencia que el Real Decreto-Ley 9/2026, aprobado apenas una semana antes por el Congreso de los Diputados, refuerza con carácter obligatorio, automático e irrenunciable.

Según la federación, la multinacional de distribución se ha negado a incluir en las facturas la repercusión del incremento del gasóleo desde que comenzó la guerra de Irán, tanto en las correspondientes a marzo como en las de abril, obligando a sus transportistas proveedores a absorber unos sobrecostes que, en el actual contexto de escalada energética, resultan inasumibles para la mayoría de las empresas afectadas.

El RDL 9/2026 no deja margen de interpretación: la revisión del precio del transporte por variación del combustible no es negociable, debe aplicarse de forma automática en cada factura y ha de aparecer desglosada en una línea independiente. DIA, según denuncia Fenadismer, incumple los tres requisitos.

La federación señala además que el contrato tipo que DIA impone a sus proveedores de transporte incluye cláusulas que van más allá del incumplimiento de la revisión del gasóleo: prohíbe a los transportistas suspender el servicio incluso ante falta de pago, y les veta el ejercicio del derecho de retención o depósito judicial de mercancías que contempla la legislación sectorial vigente. Fenadismer lo califica de abuso de posición dominante.

Las sanciones por incumplimiento de la cláusula de revisión del combustible pueden alcanzar los 18.000 euros en caso de reincidencia. La federación ha instado a los servicios de Inspección de Transporte a actuar de oficio y ha recordado a los transportistas afectados que pueden presentar denuncias de forma anónima a través de sus canales internos.

Carlos Zubialde

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