Las zonas de bajas emisiones (ZBE) se han convertido en una de las principales herramientas para reducir la contaminación urbana, y también en una herramienta de pelea política entre los distintos grupos. Los ayuntamientos de muchas ciudades han implementado estas áreas para mejorar la calidad del aire y la salud de los ciudadanos, no siempre con el consenso necesario.
En algunos casos, la aplicación de estas zonas genera un intenso debate, llegado a los tribunales como ocurrió recientemente en Madrid, donde el grupo municipal de VOX recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la normativa municipal de las ZBE, y que ha dictaminado que los informes previos presentados por el Ayuntamiento del alcalde Almeida para sustentar la normativa son insuficientes, especialmente en lo referente al impacto económico que puede suponer reducir las emisiones en determinadas zonas de la ciudad, anulando dicha normativa.
Señalar que en el caso de Madrid, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado varios aspectos de las Zonas de Bajas Emisiones del Ayuntamiento. Aunque no se cuestiona la necesidad de su implementación, el tribunal considera insuficientes los informes que justifican la creación de estas áreas, especialmente en lo que respecta al impacto económico sobre los sectores más vulnerables tanto de población como de negocios, y por ese motivo deja sin validez la misma.
El tribunal señala la importancia de considerar el impacto económico de estas medidas en los colectivos más vulnerables. Esto es especialmente relevante en el sector del transporte y la logística, donde muchas empresas operan con márgenes muy ajustados. La imposibilidad de circular en determinadas áreas sin incurrir en multas puede suponer una pérdida de competitividad e incluso la inviabilidad de algunos negocios. La decisión del tribunal ha puesto de manifiesto la necesidad de encontrar un equilibrio entre la protección del medio ambiente y el sostenimiento económico de las empresas.
Que señalar que el caso de Madrid no es el único en el que las Zonas de Bajas Emisiones han sido objeto de litigio. En otras ciudades, como Barcelona, las restricciones también han sido impugnadas en los tribunales. Aunque el objetivo de reducir la contaminación es compartido por la población en general, la forma de implementación y su impacto en la economía local son aspectos que generan controversia. En muchos casos, las empresas de transporte y logística han solicitado que se tengan en cuenta sus necesidades y que se implementen medidas más graduales y proporcionadas, con muy poco éxito en sus peticiones.
El fallo del tribunal de Madrid resalta la importancia de llevar a cabo estudios de impacto económico antes de implementar este tipo de medidas. Las restricciones, si bien son necesarias para proteger el medio ambiente, deben diseñarse de manera que permitan a las empresas adaptarse progresivamente, evitando impactos negativos en su actividad.
La ordenanza del Ayuntamiento de Madrid había sido aprobada sin un análisis detallado de su impacto económico y social. Según el tribunal, no se consideraron adecuadamente las consecuencias para los sectores más vulnerables ni la posibilidad de adoptar medidas menos restrictivas. Esto es especialmente relevante para los profesionales del transporte, muchos de los cuales dependen de vehículos de combustión interna para sus operaciones diarias, al igual que una gran parte de la población. La falta de alternativas viables y asequibles para renovar los vehículos hace que estas restricciones sean difíciles de cumplir para todos.
No solo es el dictamen, la sentencia además da un tirón de orejas al Ayuntamiento de Madrid al indicar que antes de aprobar una ordena, se debería de haber tomado en consideración las consecuencias económicas de la misma, haciendo un balance de beneficios y costes, que no se realizó. No solo eso, sino que no se tuvo en cuenta las posibilidades de adoptar otras medidas que pudieran tener un objetivo similar pero sin producir un efecto discriminatorio
Además, la sentencia también recuerda los efectos de la medida sobre miles de vehículos profesionales como los dedicados al transporte o la distribución, lo que tiene repercusión directa en las condiciones de la competencia y del mercado, considerando que se tendría que haber tenido en cuenta la situación de los colectivos empresariales de menor capacidad económica para la renovación del vehículo, petición, por otro lado, unánime desde el sector, desde donde se solicita de forma continuada un diálogo para afrontar este tipo de cambios.
El Ayuntamiento del alcalde Almeida, literalmente a “pasado” de los ciudadanos con menor capacidad económica, además también de saltarse a la torera, el principio de transición justa que se apunta es necesario en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. No solo eso, también dictamina que la ordenanza no sigue los criterios del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Supremo, que establecen la exigencia de respetar “el principio de proporcionalidad en materia ambiental”.
Hay que aclarar también que la sentencia no quita postead a los ayuntamientos, en este caso el de Madrid para regular una normativa de protección de la salud y el medio ambiente, pero si le dice que esta tiene que ser “justa”, y las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid, según el TSJM, no lo son.
¿Y ahora?
Esa es la gran pregunta, estamos ante una normativa por la cual se han extendido 1.7 millones de multas en Madrid por un importe cercano a los 331 millones de euros según publica la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA), y que ha manifestado que pedirán de forma inmediata la anulación de la normativa de Zona de Bajas Emisiones, y la devolución de las multas cobradas.
Y del Ayuntamiento de Madrid no se sabe nada ni tampoco han dicho ni comunicado nada. Solo sabemos que está ante un problema de dimensiones colosales, y que, ojo, puede afectar a todas y cada una de las normativas municipales que se están desarrollando en las ciudades afectadas en España.
Carlos Zubialde
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