El reto que supone la sostenibilidad, o el impacto de la Distribución Urbana de Mercancías (DUM), ha estado en la palestra desde hace ya tiempo. El cómo afrontar el reto ya es harina de otro costal, cada municipio y ayuntamiento han decidido (o están en ello), como afrontar e implantar una solución, que además esté alineada con la legislación de las Zonas de Bajas Emisiones.
En el Ayuntamiento de Barcelona pensaron, de forma loable, que el sistema de DUM de las entregas en la ciudad, no eran sostenibles. Y optaron por la forma "represiva", es decir, imponer una tasa para de alguna forma regular esa distribución de envíos. Después de ve que no podían cobrar nada al que originaba el envío (el ecommerce), ni que lo podían hacer mediante recaudación al consumidor (imagina que te cobran al año una especie de "viñeta" por recibir envíos, y por solo vivir en el centro de Barcelona), pusieron el foco en el mensajero, haciendo bueno aquello que "la culpa la tiene siempre el mensajero".
Publicaron la regulación municipal, por la cual quien hiciera distribución de envíos B2C, es decir, de ecommerce, tenía que pagar una tasa al consistorio de la ciudad. Pero el sector del transporte, desde el principio, además de protestar por una medida injusta, ha estado trabajando para que afloren las irregularidades de la normativa.
UNO, la organización empresarial de Logística y Transporte de España, presentó un recurso ante el Tribunal de Justicia de Cataluña, que ha sido admitido a trámite, entendiendo que la tasa "vulnera principios básicos de la Constitución". Ni más, ni menos.
El alto tribunal ha admintio a trámite el recurso para estudiar las alegaciones, aunque no prejuzga ni valora la ideoneidad de la normativa. Según UNO, su reclamación se basa sobre todo en:
1-Doble imposición: se vulnera el derecho de las empresas de transporte, ya que estas pagan, como todos, la tasa por el estacionamiento regulado de vehículos en la vía pública. Si se aplica la tasa, hay una discriminación entre personas y empresas (que pagarían 2 veces), además de que ambas tasas (la de regulación del espacio y la nueva), están gravando el aprovechamiento del mismo dominio público dos veces.
2-Vulneración del artículo 18.3 de la Constitución: se obligaría a las empresas de transporte a romper el secreto de las comunicaciones postales entre sus clientes y destinatarios, al reclamar el ayuntamiento datos de los envíos, de los destinatarios, lugares de entrega o similares, para cobrar el tributo.
3-Derecho de igualdad: se vulnera ese derecho, al discriminar quien paga y quien no la tasa. El Ayuntamiento de Barcelona, en su normativa, no exige el pago de esta tasa a Correos, pero si a las empresas privadas, lo que consideran que es totalmente arbitrario, y supone una injustificada alteración de las reglas de la libre competencia.
4-Discriminación del usuario: también se vulnera al usuario, y se le discrimina solo por su lugar de residencia, ya que si vive en el centro de Barcelona, pagará más por un servicio comparando con quien no lo hace dentro de la misma ciudad, peo en otro distrito.
Y nos preguntamos, si el propio consistorio, en su estrategia para la distribución urbana, decía que esta tasa debería de ser estudiada e implantada sobre el año 2030, ¿qué le llevo a presentarlo en este momento?
Parece que nos volvemos a encontrar con lo que podemos llamar "ceguera política", donde prima los actos efectistas en lugar de los efectivos, más si estamos a pocos meses de unas elecciones. La sostenibilidad vende, es sencillo de comprender, pero las cosas se deben de hacer bien. No es posible aplicar una tasa, claramente carente de lógica, y que, en el fondo, perjudica más al comercio tradicional que al online, justo a la contra de lo que publicitan los políticos.
Era un secreto a voces que la aplicación de la tasa no tendría un recorrido amplio, veremos lo que dictamina el alto tribunal de justicia de Cataluña, pero el futuro de la tasa no parece alagueño.
Artículo propiedad de Carlos Zubialde
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