El 1 de julio no es una fecha lejanam está a la vuelta de la esquina, y a partir de ese día, cualquier furgoneta de entre 2,5 y 3,5 toneladas que opere en transporte internacional o realice cabotaje tendrá que llevar instalado un tacógrafo inteligente de segunda generación, el mismo dispositivo que ya es obligatorio en el transporte pesado desde hace años. La medida viene del Paquete de Movilidad I de la Unión Europea y lleva meses anunciada, pero la proximidad del plazo ha revelado que una parte del sector ligero sigue sin haber actuado.
La medida como es conicida, afecta a los vehículos comerciales ligeros con un peso máximo autorizado, sumado el remolque o semirremolque, superior a las 2,5 toneladas, siempre que realicen transporte internacional de mercancías o cabotaje, entendido este como el transporte nacional llevado a cabo por empresas extranjeras sin establecimiento en el país donde operan. No se trata, por tanto, de una obligación generalizada para toda la flota de furgonetas, sino de una exigencia dirigida específicamente a los vehículos ligeros que cruzan fronteras o que compiten en rutas nacionales desde bases fuera del país.
El dispositivo exigido es el tacógrafo inteligente de segunda generación, conocido técnicamente como DTCO 4.1a o equivalente. Su instalación tiene un coste estimado de entre 900 y 1.400 euros por vehículo en España, aunque en otros mercados europeos como Polonia, con una mayor presencia del transporte ligero internacional, las cifras publicadas por el sector rondan entre 3.500 y 4.700 euros dependiendo del tipo de vehículo y el taller. Un detalle operativo: la instalación solo tiene validez legal si se realiza en talleres homologados y certificados. Cualquier intervención fuera de esos canales invalida el certificado y convierte automáticamente el vehículo en incumplidor.
Las consecuencias de operar sin él a partir del 1 de julio son de recorrido, porque el incumplimiento puede derivar en la inmovilización del vehículo en frontera, sanciones que en España superan los 2.000 euros para infracciones graves, y en algunos países de la UE, especialmente Francia y Bélgica, la retención del vehículo hasta que un taller acuda al punto de control a instalar el dispositivo, con todos los costes de grúa, instalación urgente, dietas del conductor y carga retenida que eso arrastra. Una cadena de daños que puede multiplicar con facilidad el coste de la propia sanción.
Más allá del aspecto sancionador, la extensión del tacógrafo al transporte ligero tiene el lógica de poner fin a una asimetría competitiva que ha funcionado durante años en el mercado europeo. Las furgonetas que operan internacionalmente han competido con el transporte pesado bajo condiciones de control distintas, sin obligación de registrar los tiempos de conducción y descanso de sus conductores. La nueva norma iguala el marco de supervisión, lo que en la práctica también implica que los conductores de vehículos ligeros deberán conocer y aplicar correctamente la normativa sobre jornada, algo que en buena parte de estas flotas no ha sido una exigencia hasta ahora.
Para las empresas que aún no han comenzado la adaptación, el margen operativo se reduce a unos pocos días, porque la fecha límite es el 1 de julio. Los talleres homologados tienen agendas que se llenan en estas semanas previas a la entrada en vigor, y una instalación realizada a última hora, o peor, después del 1 de julio, tendrá consecuencas negativas para la empresa de transporte que no lo afronte.
Carlos Zubialde





