La huelga de repartidores de Glovo convocada este fin de semana por CCOO ha dejado una imagen que el sindicato no está dispuesto a dejar pasar sin consecuencias: pedidos moviéndose con normalidad en muchas zonas mientras los trabajadores estaban de paro. La explicación, según CCOO, es que la plataforma recurrió a empresas subcontratadas, conocidas en el sector como 'flota', para mantener la actividad durante los tres días de protesta.
El sindicato ha denunciado los hechos ante la Inspección de Trabajo, argumentando vulneración del derecho fundamental de huelga, y Carlos Sola, representante de CCOO en Madrid, ha afirmado disponer de pruebas de que Glovo contactó con estas empresas de forma previa y planificada. El detalle que más peso jurídico puede tener es el siguiente: esas subcontratas no operan con autonomía real, ya que la gestión de los pedidos sigue corriendo a través del algoritmo de Glovo, lo que las convierte, en la práctica, en lo que el sindicato llama "empresas pantalla".
La huelga fue convocada como respuesta al anuncio, en marzo, de un ERE que afecta a más de 750 repartidores en España, justificado por la empresa como una medida para "evitar el cierre" en determinadas provincias. A eso se suman las reclamaciones de mejora en las condiciones laborales de la plantilla, sin que hasta ahora se hayan abierto canales de negociación reales con los trabajadores.
Glovo lleva menos de un año adaptando su modelo tras la entrada en vigor de la Ley Rider, que desde 2021 prohíbe el uso de falsos autónomos en plataformas de reparto. La compañía, propiedad de Delivery Hero desde 2022, contrató a unos 14.000 repartidores para cumplir con esa normativa, y ahora afronta un ajuste de plantilla que los trabajadores perciben como una vuelta atrás por la puerta de servicio.
Lo que está por resolver es si la Inspección de Trabajo aprecia indicios suficientes de vulneración del derecho de huelga. Si lo hace, las consecuencias jurídicas para Glovo podrían ser importantes, y el precedente, incómodo para otras plataformas del sector que operan con esquemas similares de subcontratación. Porque el modelo de 'flota' no es exclusivo de Glovo, y la frontera entre externalización legítima y vaciamiento del derecho a la protesta es exactamente lo que está en discusión con lo denunciado por el sindicato a la Inspección de trabajo.
Lo que este episodio pone sobre la mesa, más allá del conflicto concreto, es si la regulación del sector ha cerrado realmente las vías de precarización, cosa que se ha reiterado de forma habitual, o si solo ha desplazado el problema hacia una capa más opaca. Los repartidores tienen contrato, sí, pero cuando ejercen un derecho tan básico como la huelga, el servicio sigue funcionando, ¿es legal?
Carlos Zubialde





