Como es conocido, el próximo 3 de septiembre entra en vigor el Real Decreto-ley 3/2022 de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística. Como parte muy principal de ese Real Decreto, los conductores y transportistas de camiones de más de 7.500 kg de MMA tendrán prohibido realizar, por sí mismos, operaciones de carga y descarga de mercancías en cualquier punto de España.

Quien siga permitiendo u obligando la carga y descarga por parte del conductor, será sancionado, ya que la responsabilidad por dicha infracción será tanto a la empresa bajo cuya dirección actúa el conductor del vehículo (sea conductor de su plantilla o subcontratado dará igual), como al cargador, expedidor, intermediario y destinatario que hubieran intervenido en el transporte, es decir, TODOS los actores que participan en el transporte, son responsables.

Muchos cargadores han puesto el grito en el cielo, ya que ello les supone tener que contratar personal que realice esas labores de carga y descarga, suponiendo un gasto que durante años no han realizado, trasladando la labor a los conductores y choferes.

Pero otros cargadores como es el caso de la cadena Alcampo ya han tomado nota; dentro de los contratos de suministro que tienen firmado con sus proveedores antes de la entrada en vigor del Real Decreto, definían que “el transporte y la descarga de las mercancías serán de cuenta, cargo y responsabilidad del PROVEEDOR:

El caso no sería nada reseñable si no fuera por la segunda parte de la carta de comunicación de Alcampo, donde preguntan de forma directa a sus proveedores de transporte si ya han contratado el personal externo para realizar la labor de carga y descarga (a su cuenta, claro, dentro del precio que ya está establecido). Y que en caso negativo, el propio Alcampo pone a disposición de la empresa de transporte los medios necesarios para hacer dicha labor, cobrando una tarifa de 0,75€ por palet movido.

La indignación entre muchos proveedores de transporte de Alcampo es manifiesta, ya que entienden que aun y estando reflejado el citado párrafo en el contrato, los precios hasta la fecha siempre han sido exclusivamente referidos al transporte, no estando separadas las actividades de transporte y carga/descarga.

Esta situación augura un conflicto futuro entre muchos cargadores y sus proveedores de transporte por la aplicación del nuevo Real Decreto. No obstante, el poder de negociación de los cargadores es cada vez menor, no por su gran volumen de contratación, sino por la cada vez mayor falta de camiones. Las flotas de camiones cada vez son menores, la balanza entre oferta y demanda es cada vez mas desequilibrada, y quien no entienda los movimientos futuros, como la adquisición de flotas propias (ya hablaremos de la compra de 4 de las principales flotas de España en menos de un mes por fondos de inversión), quedará fuera de juego antes de los que se imagina.

Artículo de Carlos Zubialde

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