A partir del 1 de julio del 2021 entran en vigor en la Unión Europea importantes cambios en la normativa sobre el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) que se tiene que aplicar a las ventas de productos online o ecommerce.
El principal cambio es para los productos que sean comprados fuera de la Unión Europea, el cambio normativo afecta a este tipo de compras ecommerce, y necesita la realización de una serie de trámites administrativos, que supondrán un retraso en la llegada del envío al cliente.
Como consumidor es necesario estar informado sobre los dos aspectos más importantes de esta nueva normativa del IVA:
Supresión de la exención del IVA para importaciones con valor inferior a 22 €
Hasta la entrada en vigor de esta nueva normativa, todas las compras de productos de fuera de la Unión Europea, cuyo valor es inferior a los 22 €, no se les aplica IVA. La Unión Europea ha decidido eliminar esta exención, que se recoge en la nueva normativa vigente como hemos dicho a partir del 1 de julio del 2021. El objetivo es que las empresas de la UE que no se pueden beneficiar de esta exención, no fueran perjudicadas.
En el plano práctico, esta eliminación puede generar unos gastos que en la actualidad no se dan, tanto por la posible aplicación de unas tasas por parte de las empresas de transporte por la realización del despacho de aduanas e IVA de la importación, si la empresa que vende en origen el producto no incluye el IVA el precio de venta.
El segundo aspecto a tener en cuenta es que los plazos de entrega de estos envíos se puede ver alterado precisamente por la realización de esa gestión aduanera, por lo que se debe de tener en cuenta que los plazos de entrega serán “aproximados”, y en función del tiempo necesario para realizar las gestiones aduaneras.
Incentivo a las empresas no comunitarias para incluir el IVA en el precio de venta al público
La UE está intentando incentivar entre las empresas no comunitarias la inclusión del IVA en el precio de venta al público en artículos de hasta 150€ (cuando se hace una compra fuera de la UE, el vendedor puede incluir el IVA en el precio o hacer que el comprador lo pague en su país de destino).
Como consumidor, la situación es la misma, ya que paga el IVA en ambos casos (al vendedor para que este luego lo liquide o en destino a la llegada); pero la UE estima en este caso que si el vendedor incluye el IVA en el precio de la venta, y luego lo liquida por medio de la plataforma creada para ello (se llama IOSS o Import One Stop Shop), siendo la gestión más rápida y sencilla, con lo que el envío no debe de hacer trámites en las aduanas de la Unión Europea, con lo que el plazo de entrega también se mejora.
Este punto es importante, ya que si el vendedor no incluye el IVA en el precio de venta, o incluso se da el caso que el valor de la mercancía es superior a los 150€, la empresa de transporte tendrá que hacer la tramitación aduanera (con su consiguiente coste), además de tener que liquidar los impuestos e IVA correspondiente. Esta liquidación la debe de hacer el comprador directamente, de no mediar un acuerdo con la empresa de transporte, por la cual esta realiza el pago y a la llegada del envío, cobra el importe al comprador, con una comisión añadida por dicha gestión (una especie de reembolso).
Veremos como afecta este cambio normativo a los envíos de importación de fuera de la Unión Europea, y si ello provocará retrasos en los plazos de entrega de las compañías de transporte
Artículo propiedad de Carlos Zubialde
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