La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) puso en marcha el mes de Julio de 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, con la finalidad de conocer mensualmente la evolución de las formas y plazos de pago. Desde entonces es una de las consultas mensuales "obligatorias" ya que con ello es posible verificar el cumplimiento de la vigente legislación en materia de morosidad en las relaciones comerciales, que para refrescar la memoria establece que el plazo máximo de pago será de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un máximo de 60 días si así lo establecen las partes.

Como se obtienen los datos

Para poder obtener los datos tal y como hemos comentado Fenadismer estableció una colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte, la cual hace una encuesta de carácter continuo para tener datos mensuales y así establecer la tendencia en el cobro de los servicios de transporte. Estas encuestas se realizan entre 800 empresas transportistas, la cuales son titulares de vehículos pesados de servicio público de ámbito nacional, y por tanto, tienen la correspondiente autorización de Operador de Transporte que emite el Ministerio de Fomento.

La morosidad en el Transporte se mantiene

Mes tras mes, la morosidad de los clientes hacia sus proveedores de transporte se sigue manteniendo, en Diciembre del 2017 el plazo de pago de los servicios de transporte contratados se situó en 82 días de media, exacto, 82 DÍAS! Pero no solo se retrasa el pago, ya que podríamos pensar que esta situación se podría dar en sectores contratadores concretos como puede ser la administración pública o grandes corporaciones, mas lejos de la realidad, el 67% del total de clientes de las empresas de Transporte incumple la ley de pagos, el 67%! La forma de pago tampoco ayuda mucho al sector del transporte, ya que solo el 33% de las empresas pueden llegar a tener asegurado el cobro de sus servicios, es el porcentaje de clientes que eligen el Confirming como forma de pago. La gran mayoría de los servicios que se realizan, el 67%, los prestadores de los mismos NO TIENEN GARANTÍA de que puedan cobrar, ya que lo hacen mediante transferencia, pagare o cheque.

¿Y las consecuencias?

Deberíamos de mirar esta preocupante situación desde dos prismas distintos: 1-Incumplimiento de la ley de pagos por parte de los clientes 2-La falta de tesorería de las empresas de Transporte Obviamente la primera conclusión es que la Ley de Pagos no se cumple en España, por lo menos de los clientes que contratan servicios de transporte; debemos de recordar que la ley estipula que el pago deberá de ser en 30 días desde la realización del servicio, ampliable hasta los 60 siempre que exista acuerdo entre cliente y proveedor. La ley no se cumple, y esto es un grave delito para las empresas que lo hacen, incluso existen sentencias por parte del Tribunal Supremo en el año 2016, indicando la condición de "abuso" y delito el pago fuera del plazo estipulado por la ley de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, redactada en 2010. Si su empresa lo hace, esta incumpliendo la ley y cometiendo un delito, le dejo AQUI el enlace al BOE por si no lo han podido leer... Y por otro lado esta el "daño financiero" que esta situación crea a las empresas de transporte; el no poder cobrar los servicios prestados dentro de los plazos legales, hace que la gran mayoría de empresas tenga que "adelantar" mediante su tesorería los gastos de la actividad ( gasóil, nóminas, vehículos etc ). Este adelanto la gran mayoría lo realiza mediante operaciones financieras, lo que crea un coste adicional sobre sus operaciones, coste que sale del margen propio del servicio. Esto además de reducir los márgenes de las operaciones de transporte, es un freno para las nuevas inversiones que las empresas de transporte necesitan hacer, sobre todo apremiadas por esos mismos clientes que luego no cumplen con la parte que les toca, que es pagar el servicio dentro del plazo legal establecido. Queda claro que para solucionar esta situación las autoridades competentes deben de trabajar para que la ley se cumpla ( y ellos los primeros claro esta!), pero también las empresas que contratan los servicios de transporte pueden hacer cumplir la ley, solo deben de recordar que ellos a su vez también son proveedores, y quieren cobrar sus servicios correctamente, por eso les lanzo una pregunta: ¿Le pagan por sus servicios igual que paga los servicios de transporte que contrata? Artículo propiedad de Carlos Zubialde Fuente de datos: Fenadismer contacto@informacionlogistica.com [contact-form-7 id="471" title="Contacto"]