El paquete de movilidad aprobado por la Unión Europea en el 2020 va quemando etapas en su objetivo de reformar y unificar las condiciones de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera.

El próximo 21 de marzo del 2022 entran en vigor varios artículos suponiendo un importante cambio como lo es el tacógrafo digital de segunda generación, la obligación de parada para el registro en el cambio de país, la limitación del cabotaje o la obligación de la licencia comunitaria para realizar transporte público internacional de mercancías por carretera para vehículos con una masa máxima autorizada igual o inferior a las 3.5 tn.

Este último punto supone un importante cambio sobre todo para el subsector del transporte urgente o Express, el conocido como transporte “crítico”. Anterior a la reforma del paquete de movilidad, el requisito de acceso a la profesión de transportista de mercancías por carretera y por cuenta ajena era obligatorio para vehículos cuya masa máxima autorizada era superior a las 3.5 tn. El nuevo reglamento rebaja la masa máxima autorizada hasta las 2.5 tn, es decir, todos los vehículos (furgonetas y carrozados) suya MMA sea superior a las 2.5 tn y hasta las 3.5 tn, que estaban antes exentas, deben de tener esta autorización si quieren seguir operando en el mercado del transporte.

En el año 2020 la Unión Europea detecto no solo el gran incremento de empresas y flotas de furgonetas realizando servicios Express a lo largo y ancho de la unión, sino el número creciente de accidentes en los que estaban involucrados este tipo de vehículos, además de las precarias condiciones laborales en las que desarrollaban su profesión. Tampoco escapaba la situación económica de estas flotas, en su gran mayoría de origen Europa del este, con lo que se quería garantizar un acceso a la profesión en igualdad de condiciones.

La autorización será obligatoria para los vehículos con MMA superior a las 2.5 tn y que realicen transporte internacional por cuenta ajena, quedando exentos de esta autorización los transportes postales, los vehículos que realicen transporte por cuenta propia y los transportes de medicamentos, vacunas y aparatos médicos.

Los requisitos para obtener la autorización de transporte siguen siendo los mismos, es decir, la honorabilidad; la competencia profesional; capacidad financiera que acredite disponer anualmente de 1800 € en el primer vehículo y 900 € en los siguientes y el establecimiento de la compañía o quien ejerza la profesión en algún país de la unión.

Presentados los documentos, se obtiene una licencia comunitaria que autoriza al transporte internacional de mercancías dentro de la unión europea, y que permitirá a su poseedor realizar operaciones de transporte intracomunitaria (desplazar una carga entre dos países de la unión); operaciones de transporte extracomunitaria (origen/destino en un país de la UE con origen/destino un tercer país); operaciones de transporte en tránsito (paso por la UE para realizar un transporte entre dos terceros países), así como todo transporte en vacío.

Las principales compañías de transporte Express ya están solicitando a sus proveedores esta licencia comunitaria para poder contratarles, sabedores que los distintos países que componen la Unión realizaran inspecciones que corroboren la situación legal de la empresa que está realizando el transporte.

Artículo propiedad de Carlos Zubialde

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