Inminentes cambios en el paquete de movilidad de transporte

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Inminentes cambios en el paquete de movilidad de transporte

El año 2022 trae consigo la aplicación de algunas de las medidas detalladas dentro del paquete de movilidad aprobado por la Unión Europa en el año 2020

Descripción

El año 2022 trae consigo la aplicación de algunas de las medidas detalladas dentro del paquete de movilidad aprobado por la Unión Europa en el año 2020. El paquete de movilidad viene a regular el transporte de mercancías por carretera, con el objetivo de lograr un transporte más sostenible, de calidad y preservando los derechos y obligaciones de empresas y trabajadores del sector.

Los cambios más importantes tal y como ya avanzamos en informacionlogistica.com ponen el foco en el cambio regulatorio del cabotaje (transporte realizado internamente en un tercer país distinto al de origen del camión), el retorno al país de origen del camión cada 8 semanas y un mayor control sobre las empresas buzón.

Otro aspecto muy reseñable es que a partir de febrero del 2022 todos los vehículos que realicen transporte internacional y no tengan un tacógrafo de segunda generación que detecta la totalidad del viaje, deberán de anotar en el tacógrafo los países de paso y el cruce de fronteras. Recordar que este punto será obligatorio para todos los vehículos de más de 3.5 tn para diciembre del 2024, siendo igualmente obligatorio para las furgonetas que hagan transporte internacional para el año 2026.

Una medida que entra en vigor igualmente es la nueva regulación sobre el desplazamiento de conductores entre países de la Unión Europea. Esta normativa fija que los conductores de transporte internacional, que perciben su salario en función de su país de origen, deberán de recibir el salario mínimo del país en el cual estén realizando un transporte internacional o de cabotaje (quedan excluidos los que están en tránsito). Con esta medida se pretende dignificar el trabajo de cientos de conductores de países del este que ejecutan su labor como transportistas en países de la unión europea, pero cobrando el salario de su país. Con la nueva normativa, la empresa de transporte deberá de pagar a los choferes como poco el salario mínimo del país en el que esté haciendo el transporte.

Para poder tener el control del movimiento de los conductores se ha creado el IMI, un sistema electrónico centralizado para controlar la realización de los servicios de transporte, y en la cual deben de inscribirse los conductores o deben de inscribir las empresas a los choferes y rutas que se están realizando. Este punto quedará en el futuro unificado con el control mediante el tacógrafo de segunda generación que como hemos dicho, entra en vigor de forma obligatoria como máximo para diciembre del 2024.

Y por último, este paquete de movilidad incluye mayores requisitos para el establecimiento de las empresas en países de la Unión Europea. Una medida que pretende atajar las llamadas “empresas buzón” o deslocalizadas y que queda respaldada por la nueva normativa de cabotaje que dibuja un ‘periodo de enfriamiento’ de 4 días, tiempo en el que se les impide realizar operaciones de cabotaje continúas dentro de un mismo país y con un mismo vehículo.