Empezamos una serie de publicaciones cuyo objetivo será poner en manos del lector la información necesaria que le permita interpretar una tarifa de transporte, sea cual sea su tipología.

Comenzamos con el transporte terrestre de mercancías, en concreto hablando de los servicios de transporte regulares, más conocidos de forma coloquial como “grupajes”. Este método de transporte se utiliza cuando la cantidad de mercancía a transportar es insuficiente para llenar el remolque completo de un camión, y se “agrupa” con otras mercancías para llenarlo por completo.

Encontramos dos tipos de transporte de grupaje, uno donde el vehículo comparte por ejemplo 2 o 3 mercancías, cargando el mismo camión directamente y descargando en los 3 destinos también el mismo camión. Es lo que se llama entrega directa.

Y por otro lado, tenemos los “servicios regulares de grupaje”. Este servicio tiene como base el mismo sistema, la diferencia radica en que las empresas de transporte tienen “programada” la salida de este camión, así como la llegada a destino. Por ese motivo se llama servicio regular, tiene ya estipulados unos días y destinos fijados de antemano. Otra diferencia frete a la entrega directa, es que en los servicios regulares, el camión viaja entre una plataforma de salida de un país, hasta la plataforma de entrada de otro país. La mercancía debe de ser primero recogida por la red de vehículos de distribución, llevada a la plataforma, que es el lugar donde se consolida la mercancía, para ser cargada en el camión. En destino, la operación es inversa, una vez que el camión llega, es descargada en la plataforma de removido de mercancía, para luego ser cargada y entregada mediante los vehículos de distribución. Hablamos de un sistema de cross docking.

En ambos casos, los precios son siempre estipulados en función del peso de la mercancía, o del volumen de ocupación de la misma. Una mercancía siempre es pesada y medida; con ello obtenemos el peso real y el peso volumétrico (la conversión del espacio que ocupa la mercancía, en kilos). Se aplica siempre el más alto de los dos.

El volumen de una mercancía en el transporte terrestre de grupaje es de dos tipos:

1-Volumen en ocupación (metros cúbicos)

2-Volumen en espacio que no se puede ocupar (metros lineales de camión)

Cuando hablamos de volumen de ocupación en metros cúbicos, sabemos cuál es la ocupación de esa mercancía y tenemos que “traducir” esa ocupación de volumen a un peso tasable. El peso tasable será el peso por el cual la empresa de transporte facturará  el servicio, así como el peso que se tendrá en consideración si existe algún tipo de siniestro.

Para lograr el peso tasable, se aplica una fórmula en la cual el metro cúbico se multiplica por entre 200 y 333 kilos, por ejemplo, una mercancía cuyo volumen es de 1.53 m3, su peso tasable es de 1.53x333= 509.49 kilos. Atentos si la mercancía es NO remontable, porque en ese caso, el alto de la mercancía tiene que ser SIEMPRE la altura máxima de la gabarra del camión (2.40 metros), sea cual sea la altura de la mercancía.

Pero existen ciertas mercancías cuyo cubicaje es distinto, estamos hablando de las mercancías largas, por ejemplo un cajón que tenga 3 metros de largo (3.00x0.8x0.8 por ejemplo). Las empresas de transporte en este tipo de casos, aplican un factor de volumen llamado “metros lineales”, es decir, se calcula la ocupación de ese bulto sobre el largo total de la gabarra (13.60 metros). En este caso, se tomaría como referencia los 3 metros de largo, y habitualmente se aplica un factor de 1 metro líneas = entre 1.500 y 1850 kilos. Esto quiere decir que este bulto, se considera que ocupa 3 metros de camión, por lo que su peso volumétrico estaría entre loa 4500 y 5550 kilos, dependiendo el factor de conversión que la agencia de transporte nos aplica.

La aplicación de este factor de volumen 8la ocupación lineal), se tiene que aclarar perfectamente con el proveedor de transporte, algunas compañías aplican la totalidad (entienden que ocupa 3 metros, cuando realmente ocupa solo 0.80 cms de un ancho total de la gabarra de 2.40 cms), y que no se puede depositar más mercancía encima. Si tenemos este tipo de mercancía, debemos de tratar de saber de antemano como se aplican los factores de conversión del volumen, es mejor prevenir que luego lamentar a la llegada de la factura.

Artículo propiedad de Carlos Zubialde

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