Desde el 11 de mayo del 2021 están en vigor los nuevos límites de velocidad establecidos para las vías urbanas. Esta modificación tiene una traducción práctica, supone que en la mayoría de las calles de España se rebaje la velocidad máxima de circulación de los 50 kms/hora a 30 kms/hora. Este cambio por ejemplo, supone que en la Ciudad de Madrid se debe de aplicar esta reducción de velocidad en el 80% de las calles, si si, en el 80% de las calles, ya que ese es el porcentaje de calles de sentido único o de un carril por sentido.
La nueva normativa era un cambio del Reglamento General de Circulación que se aprobó el pasado 10 de noviembre del 2020, aunque su entrada en vigor se aplazó 6 meses, por lo que no se puede decir que sea una “sorpresa”.
La nueva normativa establece para las vías urbanas 3 límites genéricos, que vienen a sustituir el límite único de 50 km/hora existente hasta la fecha:
20 km/hora para calle de plataforma única (calzada y acera en el mismo nivel)
30 km/hora para las vías de un único carril por sentido de circulación
50 km/hora para las de dos o más carriles por sentido, exceptuando para los vehículos de mercancías peligrosas, para los cuales el límite es de 40 km/hora.
Un punto importante a tener en cuenta para saber la velocidad a la que se puede circular, la tenemos que tener en cuenta con los carriles reservados para la circulación del transporte público o de determinados usuarios, ya que en esas calles la velocidad puede ser rebajada con autorización municipal. En las travesías, la velocidad máxima permitida es de 50 km/hora.
Rebajar los límites de velocidad persiguen un doble objetivo, por un lado reducir la siniestrabilidad en las vías urbanas (una persona atropellada con un vehículo que circula a 50 km/hora tiene un 80% de posibilidades de fallecer, mientras que si lo es con un vehículo a 30 km/hora, la posibilidad de fallecer se sitúa en el 10%); y por otro lado, alinearse con los objetivos de desarrollo sostenible de las naciones unidas, en la reducción de la contaminación.
¿Y todo esto como afecta al transporte?
Para el transporte, este nuevo reglamento tiene dos afecciones distintas. La primera y más inmediata, está relacionada con la operativa de la distribución urbana, la última milla y última yarda. Con la reducción de la velocidad de circulación, la planificación de las rutas será distinta, un vehículo necesitará “invertir” más tiempo en realizar una ruta, por lo que no llegará a realizar toda la distribución que se le asignaba antes. En consecuencia, o el chofer tendrá que alargar su jornada o las empresas tendrán que hacer llegar más vehículos y recursos para repartir los envíos, logrando justo lo contrario de lo que se quiere con este reglamento.
La segunda derivada que tenemos que señalar, es que las autoridades ya han entrado a legislar las cuestiones relacionadas con el tráfico y medioambiente en las ciudades. Posiblemente estemos ante el primer paso de otros muchos, en línea de “eliminar” los vehículos de las ciudades.
Si esto ocurriera, las empresas de transporte tendrían que adaptar sus estructuras de distribución actuales, hacia modelos más flexibles, compuesto por más microhubs o almacenes de proximidad, y una flota de reparto más sostenible con vehículos eléctricos y andarines.
Pero lo que estará también claro, es que el coste de la distribución será mayor que el actual, por lo que en el horizonte podemos observar que si queremos recibir una compra de ecommerce en casa, tendremos que pagar un recargo por ello, o buscar otras formas alternativas de recibirlo, como los puntos de conveniencia, taquillas etc.
Artículo propiedad de Carlos Zubialde
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